Despacho del Alcalde
DAGOBERTO DOMÍNGUEZ CAICEDO
Administrador de Empresas
Universidad Santiago de Cali
Estudios realizados en la Universidad de Argentina de la empresa. (AUDE Senior) en convenio con la ANDI. “Talento Humano” y en la Universidad ICESI en convenio con INCAUCA y ANDI, en Logística Global.
Correo Electrónico: despachoalcalde@puertotejada.gov.co
Teléfono: (+57602) 828 21 51
Recurso Humano:
Yerli Carvajal Idrobo
Tecnico Profesional en Administracion Publica
Secretaria Ejecutiva
Propósito principal:
Dirigir la Administración Municipal en su calidad de primera autoridad, ejercer la representación política, administrativa y legal del municipio de Puerto Tejada, ser el ordenador del gasto municipal, y ejecutor de los acuerdos del Concejo Municipal, en procura de lograr el bienestar, desarrollo y fortalecimiento del Municipio.
Funciones del Despacho Alcalde
- Dirigir controlar y evaluar la acción administrativa del Municipio en concordancia con los principios de la función administrativa.
- Diseñar, implementar, ejecutar y evaluar el proceso de control interno del Municipio de acuerdo a la normatividad vigente en la materia.
- Diseñar, en coordinación con las dependencias encargadas del tema, proyectos de decreto que sean de competencia de la administración central del Municipio, con el fin de que sean firmados y ejecutados por parte del Alcalde Municipal.
- Presentar al Concejo Municipal proyectos de acuerdo, de conformidad con las metas establecidas en el Plan de Desarrollo Territorial.
- Sancionar u objetar según el caso, los acuerdos aprobados por el Concejo Municipal.
- Elaborar informes ejecutivos que sirvan como mecanismo para rendir cuentas sobre la gestión administrativa, a las autoridades que ejercen control político y a la ciudadanía en general.
- Tomar decisiones pertinentes en materia de orden público, en concordancia con las recomendaciones de la Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.
- Expedir las licencias, permisos, autorizaciones, certificados y/o conceptos cuando en la normatividad existente se le haya asignado la competencia a la Administración Central del Municipio.
- Ejercer la inspección, vigilancia y control de todas las entidades descentralizadas del Municipio.
- Servir de segunda instancia en los procesos disciplinarios adelantados en contra de los servidores públicos del nivel central del Municipio.
- Las demás que le asigne la Ley o que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Funciones del Jefe de Despacho:
Conforme a la Constitución Política Artículo 315, son atribuciones:
- Cumplir y hacer cumplir la Constitución Política, las Leyes, los Decretos Nacionales, las Ordenanzas Departamentales y los Acuerdos del Concejo Municipal.
- Conservar el orden público en el Municipio, de conformidad con la Ley y las instrucciones y órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo Gobernador. El Alcalde es la primera autoridad de policía del Municipio. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el Alcalde por conducto del respectivo comandante.
- Dirigir la acción administrativa del Municipio; asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo; representarlo judicial y extrajudicialmente; y nombrar y remover a los funcionarios bajo su dependencia y a los gerentes o directores de los establecimientos públicos y las empresas industriales o comerciales de carácter local, de acuerdo con las disposiciones pertinentes.
- Suprimir o fusionar entidades y dependencias municipales, de conformidad con los acuerdos respectivos.
- Presentar oportunamente al Concejo Municipal los proyectos de acuerdo sobre planes y programas de desarrollo económico y social, obras públicas, presupuesto anual de rentas y gastos y los demás que estime convenientes para la buena marcha del Municipio.
- Sancionar y promulgar los acuerdos que hubiere aprobado el Concejo Municipal y objetar los que considere inconvenientes o contrarios al ordenamiento jurídico.
- Crear, suprimir o fusionar los empleos de sus dependencias, señalarles funciones especiales y fijar sus emolumentos con arreglo a los acuerdos correspondientes. No podrá crear obligaciones que excedan el monto global fijado para gastos de personal en el presupuesto inicialmente aprobado.
- Colaborar con el Concejo Municipal para el buen desempeño de sus funciones, presentarle informes generales sobre su administración y convocarlo a sesiones extraordinarias, en las que sólo se ocupará de los temas y materias para los cuales fue citado.
- Ordenar los gastos municipales de acuerdo con el Plan de Inversión y el Presupuesto Municipal.
- Las demás que la Constitución y la Ley le señalen.
a) En relación con el Concejo Municipal:
b) En relación con el orden público:
c) En relación con la Nación, al Departamento y las autoridades jurisdiccionales:
d) En relación con la Administración Municipal:
e) Con relación a la Ciudadanía:
f) Con relación con la Prosperidad Integral de su región:
DECRETO No.76 DE 2023 "POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE TOQUE DE QUEDA PARA MENORES DE EDAD Y SE ADOPTAN MEDIDAS TENDIENTES A GARANTIZAR EL ORDEN PUBLICO EN EL MUNICIPIO DE PUERTO TEJADA - CAUCA"
DECRETO No.77 DE 2023 " POR MEDIO DEL CUAL SE EFECTUAN UNOS TRASLADOS AL PRESUPUESTO DE GASTOS DE LA VIGENCIA 2023"
DECRETO No.74 DE 2023 "POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE LA CATEGORIA DEL MUNICIPIO DE PUERTO TEJADA, DEPARTAMENTO DEL CAUCA, PARA LA VIGENCIA FISCAL 2024"
DECRETO No.75 DE 2023 "POR MEDIO DEL CUAL SE DECLARA COMO DÍA CÍVICO EL 15 DE SEPTIEMBRE DE 2023 EN CONMEMORACION A LOS 126 AÑOS DE FUNDACION DEL MUNICIPIO DE PUERTO TEJADA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES DE ORDEN PÚBLICO"
DECRETO 74 CATEGORIZACION MUNICIPIO REMISORIO
Fecha de publicación 22/09/2019
Última modificación 14/06/2023